Venta de sacos para RCD. Los sacos son una forma muy cómoda de retirada de residuos en obras que generan poco volumen de desechos, o donde no pueden ubicarse contenedores por falta de espacio y/o acceso.
Nos encargamos de la retirada una vez están llenos. Tenemos asignados camiones y camionetas acondicionados específicamente para la carga y descarga de sacos.
Los sacos son una forma muy cómoda de retirada de residuos en obras que generan poco volumen de desechos, o donde no pueden ubicarse contenedores por falta de espacio y/o acceso.
Nos encargamos de la retirada una vez están llenos. Tenemos asignados camiones y camionetas acondicionados específicamente para la carga y descarga de sacos.
Teléfono de pedidos, cambios y retiradas de sacos
Horario de atención de lunes a viernes en horario de 08:00 a 17:00 o por Whatsapp.
12 camiones pluma
2 Camionetas
A diferencia de los contenedores en los que el peso de la carga no es un problema y la instalación la hace el transportista de acuerdo a la normativa y la maniobrabilidad necesaria, con los sacos es el cliente quien los ubica y hay que tener en cuenta ciertas precauciones en cuanto a límite de carga y medidas.
Las dimensiones estándar de un Big Bag acostumbran a ser 90x90x100cm (AxBxH)
El estándar de carga máxima admitida en las sacas de RCD es de 1.000 kg.
Compre el saco en nuestra oficina comercial o pida que se lo lleven nuestros comerciales
Coloque el saco en un lugar estable y seguro según la normativa de su ayuntamiento.
Llámenos cuando lo llene al teléfono 616597853.
Recogemos el saco y lo llevamos al gestor autorizado.
NORMATIVA
Antes de instalar un saco de residuos deberá tener en cuenta los siguientes puntos que todos los ayuntamientos exigen como normativa común:
La instalación del saco debe hacerse siempre en la vía pública y debe ubicarse de forma que permita el acceso y la maniobrabilidad del camión para su recogida.
El productor/a o poseedor/a de los residuos, antes de que la empresa instaladora proceda a la colocación de la saca, deberá disponer de resolución otorgada por la entidad local donde se autorice dicha colocación. Instalándose el recipiente sin sobresalir de la línea exterior formada por los vehículos correctamente estacionados.
Los R.C.D. o materiales de construcción que allí se viertan o acopien no podrán sobrepasar el plano definido por las aristas superiores del saco y una vez alcanzado el volumen máximo admisible, el productor/a o poseedor/a del residuo tapará el mismo y solicitará de forma inmediata a la persona autorizada para realizar el transporte para que, en un plazo inferior a las 24 horas, sea sustituido o retirado de la vía pública.
De la obligación de sustitución o retirada será responsable el productor/a o poseedor/a; en caso de materiales de construcción la persona física o jurídica beneficiaria de la obra.
Durante el período comprendido entre las 20:00 horas del día y las 08:00 horas del día siguiente el saco deberá estar tapado.
Los Ayuntamientos podrán ordenar la retirada de los sacos, aun cuando cuenten con autorización, si las circunstancias medioambientales, de circulación o celebración de eventos autorizados lo aconsejen.
LEGISLACIÓN
• Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas.
• Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018 por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos.
• Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos.
• Reglamento UE 1357/2014 de la Comisión de 18 de diciembre de 2014 por el que se sustituye el anexo III de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas.
• Decisión 2014/955/UE de la Comisión de 18 de diciembre de 2014 por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
• Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
• Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
• Real Decreto 646/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado BOE-A-2020-7438-consolidado.
• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
• Real Decreto 183/2015, de 13 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre.
• Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
• Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.
• Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, por la que se establece el orden de prioridad y el calendario para la aprobación de las órdenes ministeriales a partir de las cuales será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria, previstas en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
• Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1, y como nivel de prioridad 2, mediante la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modifica su anexo.
• Orden TEC/1023/2019, de 10 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 3, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio.
• Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2022.
• Guía técnica para la clasificación de los residuos.
• Nota relativa a la aplicación del Real decreto 553 /2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del estado.
• Procedimiento sobre Traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
• Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
• Ley 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre Depósito de Residuos de la Comunidad de Madrid.
• Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
• Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid (2017-2024).
• Reglamento (CE) 561/2006 del Parlamento europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2006 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo.
• Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
• Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras norma reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera.
• Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte.
• Orden FOM/1996/2014, de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.
• Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se regula el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera.
• Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, por la que se aprueban las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera.
• Consulta al Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
PRESUPUESTO E INFORMACIÓN COMERCIAL
Contacte con nuestros comerciales, ellos le informarán de las alternativas más convenientes para que usted pueda verter los residuos en nuestras instalaciones, así como el procedimiento para hacerlo y la documentación necesaria.
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608175693
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